Regulación de Redes Sociales

Hablar de la regulación de redes sociales en México ha levantado la discusión entre varios actores de la sociedad civil, hay quienes afirman que «los límites de las libertades deben de partir desde los sujetos de ellas, no desde quienes detentan el poder público, pues las domesticarán», y dicha aseveración es falaz, porque ¿entonces para que tenemos en México un poder Legislativo, sino para regular cuestiones tan álgidas como éstas?. La sociedad civil organizada tiene límites, pero en ocasiones como esta se pretende envolverse la bandera de la democracia y arrojarse al vacío de la manipulación social. 

Francia ha demandado a Google con base en el Reglamento General de Protección de Datos en la Unión Europea, porque consideró que el Sistema Operativo Android no es claro respecto al tratamiento de datos personales de los usuarios franceses y en cómo es que se monetizan. Recordemos que los datos personales ya son uno de los bienes más valiosos para las empresas que se dedican a la tecnología, por lo que es válido y hasta necesario comenzar a regular el tratamiento por parte de las empresas que los usan como moneda de cambio para acrecentar su negocio. 

Como sabemos o nos imaginamos, en México hay alrededor de 85 millones de personas usuarios de Facebook y en Twitter tiene una base de alrededor a los 11 millones de usuarios. Con esto, se muestra que México es de los países que cuenta con el mayor número de usuarios que usan estas redes sociales, lo que confirma la importancia de estas empresas en el país. 

Recordemos los casos que se han suscitado en el país, desde 2017 en Nogales Sonora se supo de un ciudadano que fue bloqueado en redes Sociales porque el alcalde de la entidad en ese momento, no le gustaba ser cuestionado, aún cuando el propio alcalde decidió usar sus redes para informar sobre sus actividades pública; otro caso existió en Nuevo León, precisamente en la alcaldía de Juárez, donde el alcalde fue  la casa de una ciudadana para enfrentarla por hacerle comentario negativos a sus comunicaciones en Facebook. En Jalisco, el Órgano Garante de la entidad, ITEI, en septiembre del 2018 publicó el criterio 03 en el especifica que si un funcionario público bloquea a una persona, el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI) podrá dar acceso a información derivada de la actividad del servidor público. Esto significa que debemos de salvaguardar la libre expresión que se encuentran garantizadas en el artículo 6to. y 7mo. Constitucional, es verdad, pero también aún existe ambigüedad en cuanto a la libertad de la protección de las personas y el interés público, dado que cuando un ciudadano acosa a otra es delito, pero cuando un ciudadano acosa a un servidor público y el servidor público decide actuar, es censura al ciudadano.

Regular las Redes Sociales no es regular el Internet, tampoco es prohibir, solo evitar abusos de los ciudadanos, de las autoridades y de los mismos empresarios que detentan las redes sociales, para esto aun se socializa la propuesta, pero debemos de tener cuidado que esta propuesta no viole (otra vez) la Neutralidad de la Red, que como hemos visto se viola flagrantemente a través de las compañías de Telecomunicaciones, por lo que si esta modificación es a la Ley Federal de Telecomunicaciones, debemos ser vigilantes de la libertad de expresión, el derecho a la información y la protección de nuestros datos

Actualización 9/2/2021: El Senador Ricardo Monreal decidió hacer pública su propuesta de Ley, que efectivamente trata de defender los derechos humanos de las personas, pero que aún le falta ser pulida. Es verdad que prevé que los autorizados como Redes Sociales en el país cumplan con el artículo 6 y 7 constitucional, respete los derechos de niños y proteja nuestros datos. Pero se me hace peligroso que alguien pueda suspender, borrar publicaciones y eliminar perfiles. Deberá haber más debate al respecto y sobretodo conceptualizar muchas variables en la propuesta antes de ser Ley.

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