La Firma Electrónica Avanzada, solución a abusos electrónicos

En mi participación pasada escribí sobre la importancia de  leer las condiciones de uso y políticas de privacidad, por el hecho de que estos contratos por servicios o productos ligados a las Tecnologías de la Información resultan con algunos vicios en el consentimiento y violan de manera flagrante la protección de nuestros datos personales.

Cierto es que en el momento en el que aceptamos un contrato, una condición de uso o una política de privacidad, el tercero en cuestión puede alegar que hubo esa aceptación, y no es más que eso, una aceptación del servicio, en donde no se encuentra firmemente plasmada nuestra voluntad. Me explico, sí estuviese a punto de aceptar una condición de uso de determinado servicio, pero en ese momento camino meditabundo hacia otro cuarto de mi casa, en ese momento toma mi computadora un hijo mio menor de 5 años, mientras yo decido que no aceptaré el servicio, mi hijo lo acepta sin saber que había hecho, solo por ese hecho, ¿de quien fue plasmada la voluntad? ¿Fue mi voluntad o fue la de mi hijo que ni siquiera sabía de que se trataba el servicio?.

Este ejemplo se ha repetido infinidad de veces con compras y cargos a tarjetas de crédito o débito por parte de hijos menores de edad. También se relaciona con el hecho de que los contratos que no leemos o leemos a la mitad pueden estar llenos de vicios, por lo que las grandes empresas le apuestan a la falta de cultura en la lectura de los contratos, así se vuelve un vicio que nunca va a terminar mientras no se encuentre una fórmula táctil o real de terminar con estos abusos y falta de cultura nuestra en saber que estamos aceptando.

La voluntad se puede plasmar con firma autógrafa, pero la voluntad electrónica ¿como se plasmaría? La respuesta es, firma electrónica. Aunque la firma electrónica actualmente es usada en pago de impuestos, facturación, juicios administrativos federales; próximamente lo será en juicios de amparo. Idealmente tendría que ser utilizada en contratos, voto, pagos, factura, trámites, impuestos, devoluciones, permisos, identificación, actos y negocios jurídicos, comunicaciones y procedimientos administrativos entre los funcionarios del sector público, los particulares y las relaciones que mantengan entre ellos, etc.

Es verdad que la Ley de Firma Electrónica Avanzada ha dado una certeza jurídica a los actos jurídicos que actualmente podemos realizar, como la facturación, juicios y pago de impuestos; pero aún hace falta seguir difundiendo la misma hacia los particulares y presionar al Legislador para que le de más importancia a esta Firma, ya que los tiempos así lo demandan.

Esta solución ya esta aprobada en el congreso de la Unión y en varios Estados, solo demosle forma y uso debido.

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