SPAM, Reglamentación en México

El SPAM, correo basura, mensajes basura o correo no deseado se le puede llamar de estas formas porque normalmente es de remitente desconocido o lo normal es que nos llegue a nuestra cuenta de correo sin nosotros haberlo pedido, o por no recordar que lo pedimos y estamos dados de alta en las listas de correo de las empresas que nos lo envian. Si nosotros en realidad no pedimos el correo, como es que estas empresas lo saben? La respuesta es sencilla, por las listas publicas, y nos referimos a listados públicos por los que circulan en Internet de manera «gratuita» y por el simple hecho de habernos enviado alguien un mensaje personal y habernos agregado en sus receptores de correo, pero esto se puede corregir.
Este tipo de correo en México alcanzo de alguna manera su reglamentación el 19 de Mayo del 200 y se hicieron adecuaciones el 4 de Febrero del 2004 en la Ley Federal de Protección al Consumidor.
El Articulo 17 de dicha Ley nos dice:  En la publicidad que se envíe a los consumidores se deberá indicar el nombre, domicilio, teléfono y, en su defecto, la dirección electrónica del proveedor; de la empresa que, en su caso, envíe la publicidad a nombre del proveedor, y de la Procuraduría.

Esto es, que para saber si nosotros deseamos que nos llegaran ofertas de nuestros proveedores, debimos de haber dado nuestros datos confidenciales y de buena fe a las personas de las que nosotros deseamos recibir publicidad. Ya sea por un clic, por una conversación o por un correo electrónico. La dirección del correo del Proveedor para nosotros es importante, dado que en cualquier momento podríamos pedir nuestra baja de estos listado de envio de correo electrónico. Para esto ultimo, deeriamos de dar aviso no solamente al proveedor, sino tambien a la PROFECO y eso en el articulo 18 esta muy claro:  La Procuraduría podrá llevar, en su caso, un registro público de consumidores que no deseen que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios. Los consumidores podrán comunicar por escrito o por correo electrónico a la Procuraduría su solicitud de inscripción en dicho registro, el cual será gratuito.
Si aun después de esto se siguen recibiendo correo que no deseamos de este tipo de proveedores, las multas existen y las comentare un poco mas adelante.
El capitulo VIII BIS de esta Ley de Protección al Consumidor se dedica exclusivamente a las personas que hacen transacciones por medios electronicos, el articulo 76 BIS fracción VI nos dice: El proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales y la fracción VII remata: El proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que adviertan cuando la información no sea apta para esa población. Es decir que la ley es reiterativa en el hecho de protegernos para no recibir correo que nosotros no deseamos.
Si aun así, después de haber decidido darnos de baja de las bases de los proveedores y dar aviso a la PROFECO de no querer recibir mensajes electrónicos no deseados, siguen las practicas podemos actuar jurídicamente para que el proveedor se haga acreedor a alguna multa que puede ser desde alrededor de $400 pesos, hasta alrededor de $2,340,000 por los danos que puedan causar con la reiteración de los mensajes y su contenido oculto.
Articulo 127 – Las infracciones a lo dispuesto por los artículos …. 17, 18 BIS… serán sancionadas con multa de $397.76 a $1’272,813.16
Articulo 128.- Las infracciones a lo dispuesto por los artículos …. 76 BIS, … serán sancionadas con multa de $596.63 a $2’333,490.80
Por lo que en México si contamos con una reglamentación al respecto, pero aclaro, esto es para proveedores o empresas nacionales. Para empresas internacionales existe otros caminos, pero para evitar en gran medida la entrada a nuestro correo de mensajes no deseados sigamos estos faciles pasos.
  1. Activar el filtro de SPAM en nuestro cliente de correo (hotmail, yahoo, gmail).
  2. No reenviar cadenas de correos en el campo «Para» o «CC», pongan a todos sus contactos en «BCC» para darles seguridad a nuestros amigos o contactos.
  3. Protejan su dirección de correo, no la muestren o la tecleen en cualquier sitio que ustedes desconozcan.
  4. Quejarse. Arriba esta el lugar en donde se pueden quejar del correo que no quieran recibir en el territorio nacional.
TecnoTip: En México los correos basura ocasionan pérdidas por $6.5 millones al mes.