Lo nuevo en Materia de Transparencia para México

El pasado 7 de febrero del 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cuál se reforman y se agregan diversas disposiciones constitucionales, entre las cuales se crea un nuevo «Organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados», a quienes la misma Ley define como «cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal».

La idea es que la transparencia se lleve a cabo de manera eficiente y por medio de documentos en archivos administrativos actualizados que se publicarán, a través de medios electrónicos disponibles, de manera completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos y los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos.

Este decreto le da al Congreso de la Unión la facultad de expedir leyes generales reglamentarias que desarrollen los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de gobierno, de las cuales los transitorios nos dicen que serán publicadas la Ley General del Artículo 6o. de esta Constitución, así como las reformas que correspondan a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a la Ley Federal de Datos Personales en Posesión de los Particulares, al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y los demás ordenamientos necesarios, en un plazo de un año contado a partir de este pasado 7 de febrero, por lo que a más tardar en el 2015, tendremos estos reglamentos.

Al leer estos cambios tan trascendentes en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos en posesión de entidades públicas esperamos que sea realmente respetado este Derecho Humano, basado en el Habeas Data, para que la ciudadanía tenga a la mano la información pública que requiere para conocer los gastos de gobierno; el gobierno sea realmente transparente haciendo uso correcto de los adelantos en tecnología; y por supuesto, nuestros Datos Personales sean usados de una manera responsable por parte de los sujetos obligados, cosa que hasta ahora se tienen dudas, puesto que no hemos recibido Avisos de Privacidad por parte de los sujetos obligados para saber de que manera nuestros datos son utilizados al interior del gobierno.

Por otra parte, será interesante conocer que tipo de sistemas operativos, hardware y basados en que lenguajes de programación y en que gestores de bases de datos son almacenados nuestros datos tratados en gobierno, pues recordemos que las llaves traseras de Sistemas Operativos pueden ser utilizados para traficar nuestros datos sin consentimiento nuestro y más importante, sin que los sujetos obligados estén enterados de estas prácticas desleales tecnológicas, por lo que la reglamentación al respecto ara importante para conocer la manera de acceder a toda esta información pública y por supuesto ejercer nuestros Derechos ARCO.

Aunque sienta efímero y platónico, el Decreto también menciona el Juicio Político y por supuesto el posible procedimiento penal en contra de autoridades sujetas a este artículo 6, que violen sus supuestos y hagan mal uso de los recursos destinados a este rubro. Esperemos el resultado en este próximo año del decreto mencionado, su reglamentación y que las autoridades no se desdigan al sentirse vulnerables ante la ciudadanía por ser transparentes.